Garantías Constitucionales e Importancia de Elección de Jueces

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En Guatemala el sistema de justicia constitucional se regula en la Constitución de 1985 y su simultanea Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. La Corte de Constitucionalidad se estableció como tribunal autónomo encargado de la defensa de la Constitución de la República y un Tribunal Supremo Electoral con autonomía de otros órganos de gobierno, como encargado de lo referente a las elecciones y su proceso.

Se regula en el texto constitucional un sistema de garantías constitucionales, siendo estas el amparo, la exhibición personal y la inconstitucionalidad.

La exhibición personal posibilita la protección de la libertad e integridad de la persona y puede hacerse valer ante todo juez de cualquier instancia o jurisdicción en reclamo de esos derechos, siendo el máximo tribunal encargado de su conocimiento, la Corte Suprema de Justicia, por lo que es la única garantía constitucional cuyo conocimiento no corresponde a la Corte de Constitucionalidad.

Por otro lado, la Corte de Constitucionalidad posee competencia para conocer de los amparos e inconstitucionalidades, así como de una serie de funciones que constitucional y legalmente le han sido atribuidas. Estas competencias son jurisdiccionales, consultivas, dirimentes y políticas.

La magistratura 2015-2019 de CSJ y Apelaciones se ha prolongado por la falta de elección del Congreso. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En Guatemala la garantía constitucional mayormente utilizada es el amparo, el cual de conformidad con lo previsto en el artículo 265 de la Constitución. La competencia en amparo se ejerce por los tribunales de primera instancia, Salas de la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia, quienes podrán conocer del caso según la jerarquía de la autoridad a quien se le reproche el acto violatorio a los derechos constitucionales.

En lo que se refiere a la interposición de la acción de amparo, la ley vigente indica que para que proceda, deben previamente agotarse los recursos ordinarios, judiciales y administrativos y que dicha petición debe hacerse dentro del plazo de los treinta días siguientes al de la última notificación, con la excepción que en materia electoral el plazo será de cinco días debiéndose a que en esta materia es urgente su resolución principalmente en los procesos electorales.

¿Qué es lo qué está pasando en la CC?

La Corte de Constitucionalidad (CC) dictó un amparo contra la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que dio trámite a un antejuicio contra cuatro magistrados Francisco de Mata Vela, Gloria Porras, Bonerge Mejía y Neftalí Aldana de ese tribunal. La CC ordenó remitir al Congreso de la República las diligencias del antejuicio hacia los magistrados ya mencionados , pues  la CC insiste en que los magistrados no pueden ser procesados, ya que la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, fue violentada con el fallo de la CSJ, pues existe una prohibición expresa de entablar cualquier forma de persecución contra los magistrados de la CC por las opiniones que estos expresen en las resoluciones que emiten en ejercicio de sus cargos, así como la obligación de que todo órgano debe respetar la doctrina de la CC.

Fuego contra la Corte de Constitucionalidad de Guatemala

Algunas noticias relacionadas con el tema: 

https://nomada.gt/blogs/que-esta-pasando-con-el-antejuicio-contra-los-magistrados-de-la-cc/

https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/abogado-plantea-de-nuevo-querella-contra-magistrados-de-la-cc-breaking/

https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/csj-rechaza-senalamientos-de-la-cc-sobre-tramite-de-antejuicio-contra-cuatro-magistrados/

https://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=378306&SEO=fuego-contra-la-corte-de-constitucionalidad-de-guatemala

¿Qué riesgo existe para garantizar las garantías constitucionales contempladas en la Constitución de la República de Guatemala?

El riesgo que existe para garantizar las garantías constitucionales contempladas en la Constitución es que estas pueden que se cumplan o no se cumplan. En varias ocasiones se ha subestimado el actuar de la Corte De Constitucionalidad, como está sucediendo en la actualidad.

Puesto a pesar de la nobleza con la cual fue regulado el amparo en Guatemala, esta garantía también ha sido indebidamente utilizada, cuando se promueve con la intención de provocar demora en los juicios subyacentes al amparo. Se han propuesto reformas a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que no han sido aprobadas. Por lo que ponen en riesgo la institucionalidad y el orden constitucional y democrático del país.

¿Por qué es importante la elección de jueces?

En el intento de crear un buen sistema de administración de Justicia, los estados han creado distintos procesos para la elección de sus jueces. Los países con larga tradición democrática comprenden la importancia de que sus jueces sean las personas más honorables, competentes y responsables de su sociedad como fuente de derecho.

La Constitución de Guatemala índica que el proceso de selección de Jueces debe realizarse a través de la creación de una Comisión de Postulación cuya función es la de recibir currículos, analizarlos, y elaborar una lista corta de precandidatos que en última instancia serán elegidos por el Congreso de la República, los cuales se suponen que deberían de contar con las características mínimas antes mencionadas. Guatemala ha creado su propio sistema de elección de funcionarios judiciales, sin embargo, este no ha garantizado a la población que sus jueces sean independientes e imparciales.

Se debe buscar a magistrados que recuperen la confianza en la justicia, que sean ecuánimes, íntegros, insobornables. Debemos escoger entre los candidatos a quienes puedan demostrar que para ellos la justicia es una vocación y no un medio para enriquecerse. Que sean capaces de servir a la justicia y no servirse de ella para sus intereses personales.

Guatemala necesita fortalecer sus instituciones para lograr un desarrollo sostenible en el tiempo acabando con uno de sus principales obstáculos: la impunidad. Pero esto no será posible si no se hace frente hoy a los riesgos que están manchando el proceso de selección judicial.

En febrero del presente año la Corte de Constitucionalidad otorgó el amparo provisional al Ministerio Público y suspendió temporalmente la elección que iba a realizar el Congreso de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y salas de Apelaciones.

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Una noticia sobre las incongruencias de del fallo de la CC: 

https://republica.gt/2020/05/19/las-incongruencias-del-fallo-de-la-cc-en-el-proceso-de-eleccion-de-cortes/



REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Asamblea Nacional Constituyente (1985). Constitución Política de la República de Guatemala. Guatemala.

Pérez, H. (2013). Protección de garantías constitucionales en Guatemala. Recuperado de: https://www.cijc.org/es/Paginas/default.aspx


Comentarios

  1. Es importante hacer análisis de las noticias, busque apoyarse con más bibliografías

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